Disposiciones para la aplicación de los lineamintos
El Consejo de la Central Nacional del Movimiento ha establecido expresamente las siguientes disposiciones para la aplicación de los Lineamientos Generales para la Elección de los Jefes de Rama.
P. Rafael Fernández
El Consejo de la Central Nacional del Movimiento en Chile ha establecido expresamente las siguientes disposiciones para la aplicación de los Lineamientos Generales para la Elección de los Jefes de Rama.
a. Es necesario que los nombramientos de los Jefes sean emitidos por escrito y queden consignados con fecha. No se renuevan los períodos de forma automática.
b. Los presentes Lineamientos entregan un marco para las Ramas adultas de la Liga y las juventudes aplican estos criterios sólo en forma análoga y de acuerdo a su conveniencia.
c. El proceso de elección, en lo posible, debe incluir en algún momento una votación para garantizar la libre decisión.
d. Si toda la Rama quisiera votar, será importante distinguir entre voto consultivo y voto decisivo. Conviene considerar la etapa de desarrollo de las Ramas al regular la elección y, si es necesario, entregar un mayor apoyo de parte de la Central.
e. Los miembros de una Federación o de un Instituto que prestan servicios en las Ramas (p. ej. dirigen un grupo) no votan en la elección del Jefe de Rama.
f. La persona que obtiene una segunda votación en una elección de Jefe de Rama no es automáticamente Subjefe de esa Rama.
g. Insistimos en la necesidad de que cada Rama establezca por escrito un reglamento de elección del Jefe de Rama. Para ello deberá aplicar los Lineamientos a su realidad concreta y establecer un procedimiento con el detalle necesario.
Bellavista, 25 de julio de 1995