La elección de jefes de rama diocesano
El Jefe Diocesano, la Jefa Diocesana o la Familia-Jefa Diocesana son elegidos por los miembros de las respectivas Ramas de la Liga por un período determinado por ellas. Normalmente son reelegibles sólo una vez.
P. Rafael Fernández
El Jefe Diocesano, la Jefa Diocesana o la Familia-Jefa Diocesana son elegidos por los miembros de las respectivas Ramas de la Liga por un período determinado por ellas. Normalmente son reelegibles sólo una vez.
2. Pueden ser elegidos como Jefes los militantes, los candidatos a la militancia y los miembros de la Federación o el Instituto correlativo a la Rama. Excepcionalmente pueden ser elegidos jefes los colaboradores de la Liga de idoneidad probada.
3. El proceso de elección –que incluye un acompañamiento espiritual en la oración y el Capital de Gracias- implica los siguientes pasos:
a. La Dirección de la Rama, vale decir los Jefes de Rama con su comunidad de jefes o consejo de Rama, designan a uno o varios responsables de conducir el proceso de elección. La misma Dirección de la Rama puede asumir esta tarea de no estar ellos comprometidos en una posible reelección.
b. La comisión responsable de la elección, de acuerdo con los asesores, se preocupa de presentar una lista de candidatos considerando las preferencias de la Rama.
Puede, para ello, realizarse una primera votación de carácter consultivo. La lista de candidatos puede ser también confeccionada por consenso de las instancias dirigentes de la Rama, consultando a los asesores y al Director Diocesano.
c. En la elección del Jefe de Rama tienen derecho a voto los militantes y los colaboradores de la Rama. También puede efectuarse una votación indirecta en la que algunos representantes emitan el voto a nombre de otros.
d. El elegido es confirmado por el Director Diocesano, quien procede de acuerdo con los asesores y realiza el nombramiento correspondiente.
e. En territorios donde no hay un Director Diocesano, su función es ejercida subsidiariamente por los asesores de la Central correspondientes. En el proceso de elección de Jefes de Rama no intervienen los Coordinadores Diocesanos.
f. Cuando la Rama aún no está constituida o todavía no ha alcanzado un desarrollo autónomo, no existiendo allí un Director Diocesano, el Jefe de Rama es nombrado por los asesores de la Central, consultando para ello a los miembros más representativos.
4. Es necesario que cada Rama estipule por escrito un reglamento de elección conforme a los
Lineamientos Generales aquí entregados.